Los deformativos informativos llevan varios días dándole vueltas al asunto de una estudiante que ha sido invitada a dejar de cubrirse con su hiyab cuando acuda a clase o a buscarse otro instituto. La misma situación se ha dado en otros países europeos antes que en el nuestro, y motivado incidentes de todo tipo por defensores y contrarios a la prohibición. Y sale el tema, y toca opinar. Y oyes opiniones de todo tipo. Y alguien te pregunta. Y entonces uno contesta, y viene el lío.
– ¿Y tú, Gonzalo, le prohibirías llevar el velo?
– Depende del porqué.
– No te entiendo. Porque o lo puede llevar o no lo puede llevar.
– No. Si no lo puede llevar tiene que ser por una razón, y depende de por qué se le prohíba, me parece bien o mal. Yo no creo que sea tan difícil de entender. Pero por si acaso, vamos a ello:
Toda norma debe basarse en unos fundamentos. Y hasta el momento, viendo la noticia en particular en distintos canales de TV (CNN+, TVE1, TVE 24h, A3 y Canal Sur), todavía no he conseguido enterarme de por qué la niña no puede llevar el pañuelo.
De lo que han dejado caer, puedo pensar que se trata:
A) De una norma -higiénica o estética- que prohíbe en ese centro cualquier forma de cubrirse la cabeza.
B) Que es una imposición islámica a las mujeres que constituye una discriminación sexista.
C) De una prohibición de usar velo porque es un distintivo religioso y todos ellos están prohibidos.
Vayamos caso por caso.
A) Si por normativa -higiénica o estética- ningún alumno puede llevar el pelo cubierto, doy por sentado que también se impedirá el acceso al centro o se invitará a abandonarlo a aquellos que lleven gorros de lana o pañuelos a los Capitán Jack Espárrago. En el momento que alguno de los compañeros de Najwa hayan asistido al centro con alguno de estos complementos, toda esa norma ya no cuela. Por supuesto, si la cosa es por motivación estética, tampoco dejarán que los alumnos vayan enseñando tanga o piercings varios, ni arrastrando una cuarta de pantalón mugroso por el suelo.
Ahora bien, si efectivamente se han impedido todos los casos y este es uno más, Najwa y su familia pueden argumentar que el uso del velo debe ser admitido por ser una norma de su creencia -cosa que personalmente ignoro si es así- y que debe protegerse su libertad religiosa y no ser obligados a faltar a sus preceptos. ¿O sí? Esto nos llevaría a los puntos siguientes.
B) Como decía en el punto anterior desconozco -aunque supongo que sí, porque si no no creo que hubiera esta polémica- si para las musulmanas es obligatorio el llevar la cabeza cubierta o por el contrario es un acto voluntario. Por tanto, más aún desconozco si esa supuesta obligatoriedad lo es en función de una discriminación o por otro asunto.
En cualquier caso, habría que puntualizar muy cuidadosamente: ¿Esta chica, o cualquier mujer musulmana, se somete libre y voluntariamente a esa obligatoriedad? ¿Puede hablarse entonces realmente de imposición y discriminación?
En el supuesto de que el responsable de la norma tenga datos fidedignos e inequívocos de que estamos ante una imposición que vulnera la legalidad, ¿no debería exigirse que se persiga a la organización que impone esa discriminación ilegal, y no a quien por las razones que sean, acepta cumplir ese mandato? Es decir, si puede argumentarse que el credo islámico obliga a sus fieles a algo que va contra la ley ¿Porqué se persigue a quien es supuesta víctima de esa discriminación ilegal y no a quien se la impone? Insisto, todo esto en el supuesto de que quien corresponda detecte esa imposición ilegal. Y a mí no me corresponde. Pero como parece que nadie ha hallado esos datos fidedignos, porque nada se ha hecho, entiendo que no debe haberlos. Con lo que si nadie está imponiendo nada ilegal, sino proponiendo, no entendería el argumento.
Este punto nos llevaría a poner de manifiesto clarísimas contradicciones en aquellos que apelan a la libre voluntad del individuo para otros casos y lo niegan aquí en base a la motivación religiosa, pero no quiero que parezca que comparo la práctica de una religión con determinadas prácticas, así que lo dejamos.
C) Normalmente los giliprogres argumentan para pedir que no se use el velo con el punto anterior. Pero el que de verdad les pone es éste. Pero no por la niña, sino por mí. Si la niña, o la mujer, que viste el hiyab está declarando con ello públicamente su fe y sus creencias, en aras de esa sandez que dicen de que las creencias religiosas pertenecen al ámbito privado de la persona y no deben salir del mismo, la niña no puede llevar hiyab. Pero con su mismo criterio y base moral, yo no podría llevar una Cruz. Y evidentemente no sólo reclamo mi derecho a llevar de manera ostensible la Cruz, sino que estoy dispuesto a defender ese derecho a toda costa. Pero este argumento que queda tan chachi, tan modennno y tan laicoprogresista, no se sostiene. Porque con ese criterio deberíamos prohibir a las niñas musulmanas ir a clase con hiyab… Pero se lo deberíamos permitir a las no musulmanas que lo hagan porque el pañuelo se ponga de moda, por ejemplo. O prohibirme a mí que exhiba una cruz, pero sí dejarle a un no cristiano que la lleve, de seis kilos de oro si hace falta, siempre que sea por estética.
Seamos claros: A los laicoprogres les importa un carajo que las niñas lleven hiyab por motivos religiosos. Si no fuera así, no se cambiarían, como se hace en este país que dicen que es tan laico, los menús de comedores de colegios y de hospitales para que no haya nada de cerdo en ellos cuando hay musulmanes. Curiosamente, mientras sí se atienden esos cambios, no se ofrecen menús libres de carne los viernes de Cuaresma (del resto de viernes ni hablamos), claro, aquí nos conocemos todos. Así pues, y a la vista de todo ello, sinceramente no encuentro motivaciones suficientes para prohibir a esa niña, ni a ninguna otra, el uso del hiyab en clase.
– Entonces, ¿estás a favor de que lo lleve?
– No. Lo que estoy es en contra de que este Estado se lo prohíba.
– No te entiendo.
– Pues volvamos al origen. Cuando una ley, en base al marco del que emana, sea capaz de decir que la excusa de ser una obligación religiosa no es vinculante puesto que la religión islámica es una creencia falsa y blasfema, entonces se podrá decir que la niña no lleve hiyab. Cuando se persigan símbolos que sí son ofensivos, como las camisetas del Ché o tantas con mensajes soeces que se ven en cualquier instituto público de España, entonces se podrán dictar normas sobre el atuendo a vestir. Cuando la protección de la persona -hembra o varón, que ambos merecen la misma defensa y amparo- incluya la protección de su intimidad y de sus criterios morales en todos los aspectos, podrán empezar a hablar sobre si una niña puede o no puede someterse voluntariamente a tal o cual creencia. Cuando se fije que toda persona tiene una dignidad inviolable que debe ser protegida inexcusablemente por el Estado incluso si es la propia persona la que dice aceptar que se pisotee esa dignidad en determinados ámbitos (sanitario, sexual, económico, etc.) podrá empezar a hablarse sobre si esa niña tiene capacidad para decidir libremente si acepta esta discriminación.
Pero para eso habría que fijar un marco basado en que hay principios morales a defender, y que no todo es lo mismo mientras se acepte socialmente. Hasta entonces, en atención a su propio criterio y base moral, señor laicoprogre, usted no tiene base argumental para prohibir el uso del hiyab.
13 Comments
Tengo que leerlo más despacio, pero tras una primera rápida lectura, me has hecho pensar. Espero que pese sobre tu conciencia el haberme provocado una actividad tan poco correcta, políticamente hablando.
Eso sí entre la niña musulmana, vestida conforme a la tradición (que no a la religión) de sus padres, y permitan la entrada a la niña con top ajustado diciendo «Fuck you», con el pantalón caído enseñando las bragas, un piercing en cada cartílago y un tatuaje a la altura de la cintura de una serpiente que penetra sibilinamente dirección a su entrepierna, pues la verdad, que no sé con quien quedarme.
Uno que es agnóstico, que es bastante diferente a ser ateo, piensa que aquí colisionan diferentes derechos y deberes, con lo que esta entrada, como ensayo teórico sirve, y se puede extender hasta el infinito.
En lo que estoy de acuerdo contigo es en que esta fauna, tan aficionada a prohibir según qué cosas, no es demasiado coherente.
El otro día, una famosa locutora, feminista además de otras cosas, negaba ese derecho a portar el pañuelo porque dudaba de que esa niña fuese libre para decidir, y yo, en mi coche, pensaba en que esta misma elementa había defendido alguna semana antes que una niña de 16 años era libre para decidir si quería abortar o no sin consultarlo a los padres.
En fín, nadie dijo que fuese obligatorio vestirse por los pies.
Fuego, siéntate, pon la tele y ya se te pasa eso de pensar.
La cuestión no es sólo con cual te quedas, que también… sino el porqué te quedas con la que te quedas.
Kikás, de eso se trataba. Expongo un pensamiento pero soy consciente de que es extensible. Y siempre intento buscar la coherencia de la acción. Por eso me chirrían actitudes como la que tú bien apuntas.
Los derechos no pueden colisionar, Kika. Si colisionan, es porque no son «derechos», sino, lisa y llanamente, deseos o caprichos.
Una excelente explicación, Gonzalo.
Gracias Museros.
Sin querer crear ninguna polémica ni desviar el debate, por supuesto que hay derechos que colisionan. Y no seré yo el que redacte un ensayo teórico acerca de esto, pero hay derechos no solo de naturaleza diferente sino que afectan a personas diferentes y es en los límites donde se ha de prestar atención.
No seré yo quien califique de capricho el derecho a la educación (En su acepción intelectual) o el derecho a la formación moral o el derecho a profesar una religión publicamente. Tampoco el derecho a la igualdad entre seres humanos.
Y depende hasta donde se llegue acerca de los límites de esos derechos, puedes invadir otros.
Y hay situaciones en las que unos derechos han de prevalecer sobre otros, y no por ello son caprichos.
Tampoco seré yo quien diga que los abogados hacen que vivamos en un mundo mejor, pero si fuera cierto eso que dices, podríamos cerrar todas las facultades de derecho del mundo porque no serían necesarias
Muy bien argumentado, Gonzalo. De paso ¿prohibirán el velo a las monjas? yo las he tenido con hábito en mis clases… uno empieza a prohibir y no descansa.
Un beso
Lo mismo que Toñi pensé yo. Si se quita el velo a la niña por motivos religiosos se quita también la cofia a las monjas que decidan llevarla (que cada vez son menos, pero eso es para otro tema ¿no?)
Y si mañana viene un Carlos Jesús cualquiera diciendo que su religión le obliga a peinarse con raya en medio, pues ponemos el flequillo obligatorio…
Digo, desde la óptica de que toda expresión religiosa es igual y debe ser recluida a lo privado…
Gonzalo: Las tres justificaciones que están dando los mass-media y las instituciones y opinólogos oficiales del Régimen sobre el hiyab de la niña pasan de puntillas sobre la razón real de esta polémica, que no es ni la A) ni la B) ni la C) sino…
D) Porque el hiyab es un símbolo de cultural de colonización y conquista y nos oponemos a tener el Islam cerca ni en pintura.
Lo sorprendente de esto no es que los medios, los políticos y los periodistas adictos opten por castrarse argumentalmente… sino que sea la CEE quien lo haga, a través de su portavoz Martínez Camino. Rechazamos el hiyab porque rechazamos la colonización islámica. Rechazamos el hiyab porque rechazamos la Yihad sobre Europa. Y rechazamos el hiyab porque sabemos que para el moro, toda mujer europea es poco más que una puta justamente por no llevar el hiyab.
Lamentablemente, fruto casi seguro de una lealtad mal entendida, Martínez Camino ha encontrado apologetas prestos a cubrir argumentalmente sus vergüenzas y a vestir como presentable una postura tacticista, malminorista y errónea de la CEE.
Un abrazo
Fray
Fray, es que precisamente a lo que voy es que ni desde la A, B ni C hay argumentos coherentes para oponerse al uso del pañuelo. Y el D que tú apuntas, tal cual o con algunos matices, no puede aplicarlo quien presume de considerar igual a cualquier cultura, a cualquier tradición o a cualquier religión.
Si no se parte de la base de que sí hay tradiciones, culturas y religiones superiores e inferiores, verdaderas y falsas, el argumento queda capado, y sólo se puede acudir al «No se lleva ningún símbolo religioso y punto». Con ese argumento, los que hoy aplauden que la niña no lleve hiyab tendrán que envainársela cuando las monjas del cole no puedan llevar tocado ni un alumno una Cruz al cuello.
Si no se tiene el valor de decir que no todo es lo mismo, para evitar que te toquen a ti aceptas que la niña lleve hiyab, o mañana que un niño vaya con una túnica naranja, rapado y tocando campanitas.
Tú lo dices muy bien, el problema es que para este Régimen no es válido el argumento de la Verdad, porque para él nada es verdad ni mentira, todo es según del grado de giliprogréz con que se mira.
Hola,
Para mi subyacen dos problemas bajo esta noticia.
El primero es que el velo simboliza la humillación de la mujer ante el hombre, tema no muy demcrático que digamos. No parece que permitir eso sea ir por el buen camino
Por otro lado, a mi me enseñaron de chico que en la relación con la sociedad existía la urbanidad. Significa, atenerse a unas normas, aunque no todas te gusten. El jueguecito de “sólo cumplo las que me vienen bien” parece un poco infantil. Pero a la vista está que funciona. Y los adolescentes aprendiendo.
Hola Álvaro.
Me alegro de leerte «en público».
En principio estoy bastante de acuerdo con lo que dices -podríamos matizar mucho eso de que hay que atenerse a las normas aunque no gusten, y ver si simplemente es gusto o que la norma es injusta, pero bueno- pero pretendía ir un paso más allá.
Si verdaderamente el pañuelo es una sumisión de la mujer, Y DESDE EL PUNTO DE VISTA DEL LEGISLADOR Y SUS PRINCIPIOS, en primer lugar hay que ver cómo el mismo legislador puede negarle esa humillación si la mujer la acepta libremente y a la vez esgrimir el argumento del «respeto a la voluntad personal» para otros escenarios. En segundo lugar, si verdaderamente es una imposición discriminatoria, el legislador debería echarle un par y no quedarse en el muy valeroso acto de impedir la entrada de una niña en un instituto, sino de iniciar las acciones pertinentes, llamar a declarar a los imanes que defiendan la imposición de esa supuesta discriminación y si hubiera lugar, abrir un expediente para ver si el cumplimiento de la doctrina musulmana es contrario a nuestra legislación y por tanto deben tomarse medidas legales.
¿A que no hay huevos?
Pues no, porque además no tendrían legitimidad moral para hacerlo. Si el legislador está harto de decir que la libertad individual tal, que no hay valores superiores ni inferiores, que la alianza de civilizaciones nosequé…Pues no puedes, bajo ese mismo criterio, decir «oye, pero que los moritos no encajáis en la estructura de la civilización occidental, así que os adaptáis u os piráis».
Repito: ¿A que no hay huevos?
Pues eso.
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